Artículo 371. No interrupción del derecho de preferencia al pago
(Derogado)
Comentario
Artículo derogado por la Ley Nº 27287 a partir del 17 de octubre de 2000. Su contenido normativo dejó de producir efectos jurídicos desde esa fecha, siendo reemplazado por las disposiciones de la Ley de Títulos Valores.
Temas: derogación de leyes, vigencia normativa, código de comercio, títulos valores, prescripción comercial, transposición legislativa