Código de Comercio

Artículo 303

DEROGADO por el Artículo 2112 del Decreto Legislativo Nº 295

25-07-1984

Comentario

Artículo derogado del Código de Comercio que regulaba materias relativas a la suspensión de pagos y quiebras. Su contenido fue reemplazado por disposiciones del Código Civil mediante Decreto Legislativo Nº 295, efectivo desde el 25 de julio de 1984.

Temas: derogación, suspensión de pagos, quiebra, insolvencia, código civil