Artículo 203. Clases de operaciones
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías, las operaciones siguientes:
1) Prestar a plazos sobre inmuebles.
2) Emitir obligaciones y cédulas hipotecarias.
Comentario
El artículo enumera las operaciones características de las compañías o bancos de crédito territorial, limitándolas a dos actividades principales: otorgar créditos a plazo garantizados con inmuebles y emitir títulos de crédito hipotecarios. Establece así el ámbito de competencia funcional de estas instituciones de crédito especializado.
Temas: crédito hipotecario, compañías de crédito territorial, obligaciones y cédulas hipotecarias, préstamos sobre inmuebles, instituciones de crédito especializadas, competencia funcional de entidades financieras