Artículo 197. Clases de operaciones
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías, las operaciones siguientes:
1) El depósito, conservación y custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden.
2) La emisión de sus resguardos nominativos o al portador.
C.C. art. 1853;
Ley 2763 (Ley sobre almacenes Generales de Depósito);
D.S. 25(20/12/63) Reglamento.
Comentario
El artículo 197 del Código de Comercio enumera las operaciones esenciales que caracterizan a las compañías de almacenes generales de depósito: la guarda física de bienes y la emisión de títulos valores que documentan esa custodia. Estas operaciones constituyen el objeto social y el negocio jurídico típico de estas entidades comerciales.
Temas: almacenes generales de depósito, depósito comercial de mercaderías, resguardos negociables, custodia profesional, títulos valores documentales