Artículo 746. Causales de desheredación del cónyuge
Son causales de desheredación del cónyuge las previstas en el artículo 333, incisos 1 a 6.
Comentario
El artículo 746 establece que el cónyuge puede ser desheredado por las mismas causales que permiten el divorcio o la separación de cuerpos conforme al artículo 333, incisos 1 a 6. La desheredación produce la exclusión del cónyuge de la sucesión testamentaria, privándolo de derechos hereditarios que de otro modo le correspondería ejercer.
Temas: desheredación, causales de divorcio, autonomía testamentaria, derechos sucesorios del cónyuge, remisión normativa, testamento