Código Civil

Artículo 525. Responsabilidad del tutor por intereses legales

El tutor responde de los intereses legales del dinero que esté obligado a colocar, cuando por su negligencia quede improductivo durante más de un mes, sin que esto lo exima de las obligaciones que le imponen los artículos 522 y 524.

Comentario

El artículo 525 impone al tutor una responsabilidad específica por los intereses legales derivados del dinero del pupilo que permanece improductivo por negligencia del tutor durante más de un mes. Esta responsabilidad se suma, sin exención alguna, a las obligaciones generales de administración establecidas en los artículos 522 y 524.

Temas: responsabilidad del tutor, administración del patrimonio del menor, intereses legales, negligencia en tutela, deber de diligencia, inversión de bienes del pupilo