Código Civil

Artículo 454. Deberes de los hijos

Los hijos están obligados a obedecer, respetar y honrar a sus padres.

Comentario

Establece los deberes fundamentales de los hijos respecto de sus progenitores: obediencia, respeto y honor. Constituye la contrapartida correlativa de los derechos y facultades que confiere la patria potestad, y expresa el deber de gratitud y consideración inherente a la relación paterno-filial.

Temas: patria potestad, deberes filiales, relación paterno-filial, autoridad parental, obediencia y respeto familiar, solidaridad intergeneracional