Artículo 2054. Absolución de consulta sobre la ley nacional
La Corte Suprema está autorizada para absolver las consultas que le formule un tribunal extranjero, por la vía diplomática, sobre puntos de derecho nacional.
Comentario
El artículo 2054 autoriza a la Corte Suprema de Justicia a absolver consultas formuladas por tribunales extranjeros, mediante canales diplomáticos, acerca de cuestiones de derecho peruano. Esta atribución facilita la aplicación correcta de la ley nacional por órganos jurisdiccionales extranjeros en litigios que involucren ordenamiento peruano.
Temas: cooperación judicial internacional, consulta sobre derecho nacional, competencia consultiva, vía diplomática, derecho internacional privado