Artículo 2045. Actos y contratos inscribibles
Son inscribibles en estos registros, todos los actos y contratos establecidos en el artículo 2019, en cuanto sean aplicables.
Comentario
El artículo 2045 establece que en los registros de bienes muebles son inscribibles todos los actos y contratos enumerados en el artículo 2019, siempre que resulten aplicables a la naturaleza de los bienes muebles registrables. Constituye una norma de remisión que vincula el régimen de inscripción de muebles con el catálogo general de actos y contratos registrables previsto para otros registros públicos.
Temas: registro de bienes muebles, actos y contratos inscribibles, remisión normativa, publicidad registral, aplicabilidad de normas