Código Civil

Artículo 2039

Se inscriben en este registro:

1.- Los testamentos.

2.- Las modificaciones y ampliaciones de los mismos.

3.- Las revocaciones de los actos a que se refieren los incisos 1 y 2.

4.- Las sentencias ejecutoriadas sobre nulidad, falsedad o caducidad de los testamentos.

5.- Las sentencias ejecutoriadas en los juicios sobre justificación o contradicción de la desheredación.

6.- Las escrituras revocatorias de la desheredación.

Comentario

El artículo 2039 enumera exhaustivamente los actos y documentos inscribibles en el Registro de Testamentos. Comprende testamentos, sus modificaciones y revocaciones, así como sentencias ejecutoriadas que resuelvan cuestiones de validez testamentaria y desheredación, y las escrituras que revoquen la desheredación.

Temas: registro de testamentos, inscripción de actos mortis causa, revocación testamentaria, publicidad registral sucesoria, sentencias ejecutoriadas en sucesión, desheredación