Artículo 2008
Los registros públicos de que trata este Libro son los siguientes:
1.- Registro de la propiedad inmueble.
2.- Registro de personas jurídicas.
3.- Registro de mandatos y poderes.
4.- Registro personal.
5.- Registro de testamentos.
6.- Registro de sucesiones intestadas.
7.- Registro de bienes muebles.
Comentario
El artículo 2008 enumera taxativamente los siete registros públicos regulados en el Libro IX del Código Civil. Establece cuáles son los registros sobre los que versa el régimen de inscripción y publicidad registral que rige el ordenamiento jurídico peruano.
Temas: registros públicos, inscripción y publicidad registral, clasificación de registros, eficacia oponible, seguridad jurídica, bienes inmuebles y muebles