Código Civil

Artículo 1807. Presunción de representación

Se presume que el mandato es con representación.

Comentario

El artículo 1807 establece una presunción legal que considera que todo mandato incluye representación, salvo prueba en contrario. Esta presunción invierte la carga probatoria, de modo que quien alegue ausencia de representación debe acreditarlo expresamente. El efecto es facilitar la operatividad del contrato de mandato al asumir la intención típica de las partes.

Temas: presunción legal, mandato con representación, poder de representación, carga de la prueba, eficacia representativa, terceros contratantes