Artículo 1768. Plazo máximo de locación de servicios
El plazo máximo de este contrato es de seis años si se trata de servicios profesionales y de tres años en el caso de otra clase de servicios. Si se pacta un plazo mayor, el límite máximo indicado sólo puede invocarse por el locador.
Comentario
El artículo establece límites temporales máximos para los contratos de locación de servicios: seis años para servicios profesionales y tres años para otros servicios. La transgresión del plazo máximo solo puede ser invocada por el locador como defensa, quedando el locatario vinculado al plazo pactado.
Temas: límites temporales en contratos personales, servicios profesionales versus servicios comunes, asimetría contractual en obligaciones de prestación personal, nulidad parcial relativa, defensa de orden público del locador