Código Civil

Artículo 1683. Responsabilidad por pérdida y deterioro del bien

El arrendatario es responsable por la pérdida y el deterioro del bien que ocurran en el curso del arrendamiento, aun cuando deriven de incendio, si no prueba que han ocurrido por causa no imputable a él.

Es también responsable por la pérdida y el deterioro ocasionados por causas imputables a las personas que ha admitido, aunque sea temporalmente, al uso del bien.

Comentario

El artículo establece que el arrendatario responde por toda pérdida y deterioro del bien arrendado durante el contrato, incluso por incendio, salvo que demuestre causa no imputable a él. Además, responde por los daños causados por terceros a los que permitió usar el bien, incluyendo admisiones temporales.

Temas: responsabilidad del arrendatario, inversión de carga probatoria, pérdida y deterioro en arrendamiento, terceros y bienes arrendados, riesgos del arrendamiento, obligaciones del arrendatario