Código Civil

Artículo 1666

Por el arrendamiento el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida.

Comentario

El arrendamiento es un contrato consensual por el cual el arrendador transfiere temporalmente al arrendatario el derecho de usar un bien a cambio de una renta pactada. Esta disposición establece la definición legal y estructura fundamental de la obligación arrendaticia, fijando los elementos esenciales del contrato.

Temas: contrato de arrendamiento, cesión temporal de uso, renta, obligaciones recíprocas, bienes muebles e inmuebles