Artículo 1537. Compromiso de venta de bien ajeno
El contrato por el cual una de las partes se compromete a obtener que la otra adquiera la propiedad de un bien que ambas saben que es ajeno, se rige por los artículos 1470, 1471 y 1472.
Comentario
Regula el compromiso de venta de bien ajeno, contrato en el cual una parte se obliga a procurar que la otra adquiera la propiedad de un bien de tercero. Su régimen jurídico se remite a las normas sobre compraventa consensual y sus efectos obligacionales, no traslativos de propiedad.
Temas: obligación de procura, bien ajeno, compraventa obligacional, conocimiento mutuo, incumplimiento contractual