Artículo 1500. Pérdida del derecho al saneamiento
El adquirente pierde el derecho a exigir el saneamiento:
1.- Si no pidió y cuidó que se citara al transferente con la demanda del juicio de evicción.
2.- Si se sometió la causa a arbitraje sin asentimiento del transferente y la perdió.
3.- Si transigió el juicio sin anuencia del transferente.
4.- Si al celebrar el contrato conocía que el bien era litigioso o ajeno.
5.- Por caducidad, siendo el plazo de ésta de un año a partir de la fecha en que se produjo la evicción.
Comentario
El artículo 1500 establece las causas por las cuales el adquirente pierde el derecho a exigir saneamiento por evicción. Estas incluyen conductas procesales negligentes o contrarias a la buena fe, conocimiento previo de vicios en la titularidad, y el transcurso de plazo de caducidad. La pérdida del derecho extingue la acción de saneamiento, privando al adquirente de indemnización.
Temas: saneamiento por evicción, caducidad de derechos, buena fe procesal, transferencia de bienes litigiosos, garantía de dominio, notificación de demanda