Artículo 1387. Caducidad de oferta por muerte o incapacidad del destinatario
La muerte o la incapacidad sobreviniente del destinatario de la oferta determina la caducidad de ésta.
Comentario
El artículo 1387 establece que la muerte o la incapacidad sobreviniente del destinatario extingue automáticamente la oferta contractual. Se trata de una regla sobre extinción de la oferta que opera por cambio en la capacidad jurídica del sujeto receptor.
Temas: caducidad de la oferta, consentimiento contractual, capacidad jurídica, extinción de obligaciones, formación del contrato