Código Civil

Artículo 1382. Obligatoriedad de la oferta

La oferta obliga al oferente, si lo contrario no resulta de los términos de ella, de la naturaleza de la operación o de las circunstancias del caso.

Comentario

El artículo establece que la oferta vincula al oferente a mantener su propuesta, salvo que expresamente se reserve el derecho de revocarla o que la naturaleza del negocio o las circunstancias permitan entender lo contrario. La obligatoriedad de la oferta es la regla general en materia de formación del consentimiento contractual.

Temas: formación del consentimiento, obligatoriedad de la propuesta, revocación de oferta, negociación contractual, buena fe en las tratativas