Código Civil

Artículo 1150. Opciones del acreedor por inejecución de obligaciones

El incumplimiento de la obligación de hacer por culpa del deudor, faculta al acreedor a optar por cualquiera de las siguientes medidas:

1.- Exigir la ejecución forzada del hecho prometido, a no ser que sea necesario para ello emplear violencia contra la persona del deudor.

2.- Exigir que la prestación sea ejecutada por persona distinta al deudor y por cuenta de éste.

3.- Dejar sin efecto la obligación.

Comentario

El artículo 1150 establece un régimen de opciones alternativas que el acreedor puede ejercer cuando el deudor incumple una obligación de hacer por culpa. Faculta al acreedor a elegir entre tres medidas: exigir ejecución forzada, exigir ejecución por tercero, o extinguir la obligación, garantizando así una protección flexible frente al incumplimiento.

Temas: obligación de hacer, incumplimiento y culpa, ejecución forzada, sustitución de deudor, resolución de obligación, derechos del acreedor