Artículo 1139. Presunción de culpa del deudor
Se presume que la pérdida o deterioro del bien en posesión del deudor es por culpa suya, salvo prueba en contrario.
Comentario
El artículo establece una presunción legal de culpa del deudor respecto de la pérdida o deterioro del bien dado en posesión, trasladando la carga de la prueba al deudor para exonerase. Esta regla opera en el contexto de las obligaciones de dar y se articula con la teoría del riesgo contractual.
Temas: presunción de culpa, pérdida y deterioro de bienes, obligaciones de dar, carga de la prueba, responsabilidad del deudor, teoría del riesgo