Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
Artículo 40
Las Resoluciones del Tribunal del Servicio Civil son definitivas, no siendo susceptibles de recurso alguno en la vía administrativa, salvo el de aclaración por error material o numérico. Podrán ser impugnados por el interesado o por el Estado en la vía judicial por el procedimiento que regula la acción contencioso-administrativa.
Comentario
El artículo establece la naturaleza definitiva de las resoluciones del Tribunal del Servicio Civil en la vía administrativa, precluye recursos ordinarios y extraordinarios, y admite únicamente aclaración por error material o numérico. Estas resoluciones pueden ser impugnadas exclusivamente en sede judicial mediante acción contencioso-administrativa.
Temas: tribunal del servicio civil, resoluciones administrativas definitivas, acción contencioso-administrativa, agotamiento de vía administrativa, recurso de aclaración, control judicial de actos administrativos