Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

Artículo 34

La Carrera Administrativa termina por:

a) Fallecimiento;

b) Renuncia;

c) Cese definitivo; y,

d) Destitución.

Comentario

El artículo enumera los cuatro supuestos de extinción de la relación de carrera administrativa. Establece las causas taxativas por las que termina la condición de servidor público sujeto al régimen de carrera, determinando el cierre definitivo del vínculo funcional.

Temas: extinción de la carrera administrativa, terminación del vínculo funcional, supuestos de cese y destitución, nulidad del cese, renuncia de servidores públicos, garantías procedimentales en carrera