Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

Artículo 31

El servidor que observe buena conducta será rehabilitado de las sanciones administrativas que se le hayan impuesto en el curso de su carrera. El reglamento señalará los plazos y condiciones.

Comentario

El artículo 31 reconoce el derecho del servidor público a la rehabilitación de sanciones administrativas previas cuando demuestra buena conducta durante su carrera. La norma establece un mecanismo de reinserción que permite cancelar o neutralizar el efecto de castigos anteriores, subordinado a plazos y condiciones que fija la regulación reglamentaria.

Temas: sanciones administrativas, rehabilitación disciplinaria, buena conducta, antecedentes disciplinarios, carrera administrativa, proporcionalidad punitiva