Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
Artículo 3
Los servidores públicos están al servicio de la Nación. En tal razón deben:
a) Cumplir el servicio público buscando el desarrollo nacional del País y considerando que trasciende los períodos de gobierno;
b) Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes del servicio;
c) Constituir un grupo calificado y en permanente superación;
d) Desempeñar sus funciones con honestidad, eficiencia, laboriosidad y vocación de servicio; y
e) Conducirse con dignidad en el desempeño del cargo y en su vida social.
Comentario
El artículo 3 establece los deberes fundamentales de los servidores públicos, definiéndolos como funcionarios al servicio de la Nación. Prescribe cinco obligaciones éticas y funcionales que orientan el desempeño de la carrera administrativa hacia el interés público y el desarrollo nacional sostenido.
Temas: deberes de los servidores públicos, ética administrativa, interés público, desarrollo nacional, dignidad en el cargo, conducta funcional