Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
Artículo 1
Carrera Administrativa es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.
Tiene por objeto permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal en el desempeño del servicio público.
Se expresa en una estructura que permite la ubicación de los servidores públicos según calificaciones y méritos.
Comentario
El artículo define la carrera administrativa como el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, derechos y deberes de los servidores públicos estables en la Administración Pública. Establece como objeto la incorporación de personal idóneo, garantía de permanencia, desarrollo profesional y realización personal, expresados en una estructura meritocrática.
Temas: carrera administrativa, servidor público estable, mérito y calificación, función pública, permanencia laboral, administración pública